Asimismo, se establece que vencido el plazo subsistirá la obligación de la carga de datos por parte de los empleadores que no hubiesen cumplido con ésta en el plazo indicado, sin perjuicio de las sanciones que pudieran corresponder.
Fecha de Norma: 31/05/2011
Boletín Oficial: 09/06/2011
Organismo: Subsec. Trabajo
Jurisdicción: Buenos Aires (Ciudad)
VISTO: La ley 265, los decretos 1063/2009 y 625/2009, la resolución (Ss.T Bs. As. cdad.) 5059/2010, y CONSIDERANDO: Que por la ley 265 se establecen las competencias de la Autoridad Administrativa del Trabajo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre las cuales se encuentra la de llevar un registro de empleadores. Que el decreto 1063/2009 establece la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Desarrollo Económico del Gobierno de la Ciudad, describiendo las responsabilidades primarias de esta Subsecretaría, y de las Direcciones Generales que están bajo su dependencia. Que por el decreto 625/2009 se crea el "Registro de Empleadores Online" de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Que mediante la resolución (Ss.T Bs. As. cdad.) 5059/2010, se estableció que la carga de contenido de la información requerida por el Registro de Empleadores Online correspondiente al ejercicio fiscal 2010, debía realizarse en el período comprendido entre el 1 de marzo y el 31 de mayo de 2011. Que, en los días previos al vencimiento del plazo referido en el considerando precedente se produjeron inconvenientes en el servidor del sistema informático del Registro de Empleadores Online que impidieron la carga de los datos en tiempo y forma. Que, en consecuencia, a fin de no menoscabar los derechos de los administrados que eventualmente pudieron haberse visto perjudicados por las circunstancias referidas, resulta pertinente disponer una prórroga del plazo para la carga de contenido de la información requerida por el Registro de Empleadores Online correspondiente al ejercicio fiscal 2010. Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias, EL SUBSECRETARIO DE TRABAJO RESUELVE: Art. 1 - Prorrógase hasta el día 15 de junio de 2011 el plazo para la carga de contenido de la información requerida por el Registro de Empleadores Online correspondiente al ejercicio fiscal 2010. Art. 2 - Establécese que, vencido el plazo establecido en el artículo anterior, subsistirá la obligación de la carga de datos por parte de los empleadores que no hubiesen cumplido la misma en el plazo indicado, sin perjuicio de las sanciones que pudieran corresponder. Art. 3 - De forma. |