Escuchá RADIOS ONLINE

Escuchá RADIOS ONLINE
Escuchá RADIOS ONLINE
Búsqueda personalizada

San Juan. Ingresos brutos. Cancelación de inscripción de oficio

Se dispone la baja de oficio de la inscripción en el impuesto sobre los ingresos brutos de los contribuyentes cuando:
- Se constate la falta de presentación de las declaraciones juradas del impuesto durante un período de 18 meses consecutivos anteriores al 31/12/2011;
- No se encuentren activos en AFIP en el impuesto a las ganancias, IVA o Monotributo al 31/12/2011;
- No registre retenciones, percepciones o cualquier otro pago a cuenta del impuesto durante los 18 meses consecutivos anteriores al 31/12/2011.


Asimismo, se procederá a la baja de oficio de la inscripción en el régimen simplificado del impuesto sobre los ingresos brutos de aquellos contribuyentes en los que se verifique la falta de pago del impuesto fijo mensual durante un período de 18 meses consecutivos anteriores al 31/12/2011 y no se encuentren activos en AFIP en el impuesto a las ganancias, IVA o Monotributo al 31/12/2011.
Por último, la Dirección General de Rentas procederá a ejecutar, en los meses de enero y julio de cada año fiscal, la identificación de aquellos contribuyentes en condiciones de ser dados de baja de oficio, teniendo en cuenta como fecha de referencia el 31/11 y el 30/6 de cada año respectivamente.

Comentá