¿Cuáles
son las contingencias excluidas de la ley de riesgos del trabajo?
No son indemnizables los accidentes de trabajo, las
enfermedades profesionales causadas por dolo del trabajador o por fuerza mayor
extraña al trabajo y las incapacidades del trabajador preexistentes a la
iniciación de la relación laboral y acreditadas en el examen preocupacional
según las pautas establecidas por la Autoridad de Aplicación.