¿Es
posible encuadrarse en una categoría superior?
Sí. Los trabajadores autónomos podrán encuadrarse en una
categoría superior a la que les corresponda, excepto cuando se trate de: a) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la ley 24241 y sus modificaciones que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma.
b) Menores de 21 años y mayores de 18 años, inclusive.
Cuando se opte por una categoría superior se deberá ingresar mensualmente el importe correspondiente a la categoría que se eligió.