Como consecuencia de problemas técnicos en los sistemas informáticos, ajenos a la Administración Gubernamental de Públicos, se establece que en forma alternativa la inscripción en el régimen simplificado de ingresos brutos deberá efectuarse ante la Dirección General de Rentas, los Centros de Gestión y Participación Comunal, Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en el Colegio de Graduados en Ciencias Económicas.