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DEUDA CON ASEGURADORAS DE RIESGOS DEL TRABAJO (ART). PRESCRIPCIÓN. PLAZO

¿Cuál es el plazo de prescripción en relación a deudas de la Empresa por diferencias de alícuotas con una Aseguradora de Riesgos del Trabajo?

Las acciones de los entes gestores, de regulación y de supervisión de la ley de riesgos del trabajo (L. 24557) para el reclamo del pago de sus acreencias prescriben a los 10 años a contar desde la fecha en que debió efectuarse el pago. 

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