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EMPLEADOS DE COMERCIO, CCT 130/1975. NUEVO ACUERDO SALARIAL (JUNIO 2011). INACAP. CONTRIBUCIÓN PATRONAL OBLIGATORIA. INCREMENTO DESDE EL 1/4/2012

Con motivo del nuevo Acuerdo salarial celebrado el 22 de junio de 2011, en el marco del convenio colectivo de trabajo 130/1975 de empleados de comercio, se incrementa a partir del mes de abril del 2012 la contribución patronal obligatoria al INACAP.
Forma de cálculo de la nueva contribución patronal obligatoria al INACAP:


Maestranza A inicial % aporte INACAP Cuota INACAP
Salario - Base de Cálculo
Maestranza A inicial
(remunerativo vigente)
$ 2.748,63 0,50% $ 13,74
No remunerativo
Acuerdo Salarial (22/6/2011)
aplicable 5/2011
$ 412,30 0,50% $ 2,06
No remunerativo
Acuerdo Salarial (22/6/2011)
aplicable 9/2011
$ 219,89 0,50% $ 1,10
No remunerativo
Acuerdo Salarial (22/6/2011)
aplicable 12/2011
$ 192,40 0,50% $ 0,97
Cuota INACAP por empleado $ 17,87

De la aplicación del grossing up sobre la salarización de los Acuerdos Salariales de los años 2010 y 2011 ($ 2,42) por cada empleado alcanzado en el Convenio Colectivo Mercantil 130/1975, arroja una contribución de $ 20,29.
* Liquidación y emisión de la boleta de pago: a través de la página www.institutocap.org.ar.
* El importe resultante se deberá ingresar hasta el día 15 del mes siguiente en los lugares de pago que se indican: Banco de la Nación Argentina, Banco de la Provincia de Buenos Aires y Pago Fácil (todos ellos en efectivo o en cheque); Red Bapropagos, Rapipago y Cobro Express (solo en efectivo); Redes Banelco y Link (todos ellos encajeros automáticos o por Internet).
* Vigencia: aplicable a los sueldos de abril del 2012.
Mesa de ayuda y consulta al INACAP:
0810-122- 4622 / 5291-8800 (líneas rotativas)

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