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SEGURO. RAMA: EMPRESAS DE CAPITALIZACIÓN, CCT 288/1997. TOPE INDEMNIZATORIO

Se fijan, a partir del 1/7/2012, 1/9/2012 y 1/12/2012, el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondientes al Acuerdo homologado por la resolución (ST) 528/2012, suscripto entre el Sindicato del Seguro de la República Argentina y la Asociación Argentina de Sociedades de Capitalización.
Art. 1 - Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por la resolución de la Secretaría de Trabajo 528 del 20 de abril de 2012 y registrado bajo el número 416/2012 suscripto entre el Sindicato del Seguro de la República Argentina por el sector gremial y la Asociación Argentina de Sociedades de Capitalización por el sector empleador, conforme al detalle que, como Anexo, forma parte integrante de la presente.
Art. 2 - Regístrese la presente resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la Subsecretaría de Coordinación. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por este acto.
Art. 3 - Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
Art. 4 - Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
Art. 5 - De forma.


ANEXO
Expediente 1.489.722/12

Partes signatarias
Fecha de entrada en vigencia
Base promedio
Tope indemnizatorio
Sindicato del Seguro de la República Argentina
c/
Asociación Argentina de Sociedades de Capitalización
CCT 288/1997
1/7/2012
$ 6.173,31
$ 18.519,93
1/9/2012
$ 6.453,99
$ 19.361,97
1/12/2012
$ 7.015,34
$ 21.046,02

REGISTRACIÓN
Expediente 1.489.722/12
Buenos Aires, 21 de junio de 2012
De conformidad con lo ordenado en la resolución (ST) 847/2012, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 341/2012.

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