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ACCIDENTES DE TRABAJO. EXAMEN MÉDICO POR EGRESO. OBLIGATORIEDAD. IMPROCEDENCIA

¿Es obligatorio el examen médico por egreso del empleado?
Los exámenes médicos por cese de la relación laboral tienen carácter optativo.
Los exámenes previos a la terminación de la relación laboral o de egreso tendrán como propósito comprobar el estado de salud frente a los elementos de riesgo a los que hubiere sido expuesto el trabajador al momento de la desvinculación.
En el caso de optar por realizar el examen de egreso, deberá llevarse a cabo entre los 10 días anteriores y los 30 días posteriores a la finalización de la relación laboral. La realización de este examen será responsabilidad de la aseguradora o del empleador autoasegurado, sin perjuicio de que la aseguradora pueda convenir con el empleador su realización.  

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