El presente Acuerdo establece incrementos salariales que se aplicarán sobre los salarios básicos vigentes al 30/4/2012, y serán del 7% a partir del 1/5/2012 y del 7% a partir del 1/9/2012.
Asimismo, se conviene el pago de una suma mensual no remunerativa de $ 250, a partir del 1/5/2012.
Art. 1 - Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la Unión de Trabajadores de Prensa de Buenos Aires (UTPBA) por la parte gremial y la Asociación de Radiodifusoras Privadas Argentinas (ARPA) por la parte empleadora, obrante a fojas 195/196 del expediente 1.212.921/07, conforme lo dispuesto en la ley 14250 (t.o. 2004).
Art. 2 - Regístrese la presente resolución en el Departamento Despacho dependiente de la Subsecretaría de Coordinación. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente Acuerdo, obrante a fojas 195/196 del expediente 1.212.921/07.
Art. 3 - Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
Art. 4 - Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
Art. 5 - Hágase saber que en el supuesto que este Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social no efectúe la publicación de carácter gratuita del Acuerdo homologado y de esta resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el artículo 5 de la ley 14250 (t.o. 2004).
Art. 6 - De forma.
REGISTRACIÓN
Expediente 1.212.921/07
Buenos Aires, 15 de agosto de 2012
De conformidad con lo ordenado en la resolución (ST) 1171/2012 se ha tomado razón del Acuerdo obrante a fojas 195/196 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 967/2012.
ACUERDO SALARIAL
ESTABLECE NUEVAS CONDICIONES SALARIALES
Expediente 1.212.921/07
En la Ciudad de Buenos Aires, a los 27 días del mes de junio de 2012 comparecen ante mí, licenciado Marcos Ambruso, secretario de conciliación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo el señor Jorge Muracciole en representación de la UTPBA junto a los delegados paritarios de la rama radios por una parte y por la otra el señor Héctor Parreira en representación de la Asociación de Radiodifusoras Privadas Argentinas.
Abierto el acto por el funcionario actuante, la parte empresaria acompaña la nómina de miembros paritarios.
La representación sindical informa a este Ministerio la nómina de miembros paritarios:
Lidia Fagale - DNI 11.875.592
Jorge Muracciole - DNI 11.027.774
Daniela Gisbert - DNI 12.032.050
Claudio Ferri - DNI 16.961.180
En uso de la palabra las partes manifiestan haber arribado al siguiente Acuerdo:
Un aumento del 7% a partir del 1/5/2012 sobre los salarios básicos vigentes al 30/4/2012.
Un aumento del 7% a partir del 1/9/2012 sobre los salarios básicos vigentes al 30/4/2012.
Una suma mensual no remunerativa de $ 250 a partir del 1/5/2012. Las partes se comprometen a acordar en el plazo de 120 días la incorporación de la presente suma a los salarios básicos.
Los retroactivos que correspondan a los meses de mayo y junio se liquidarán como importe de naturaleza no remunerativa a todos sus efectos, haciéndose efectivo el pago dentro de los primeros 15 días del mes de julio, contemplando todos los adicionales legales y convencionales que correspondan, incluido el SAC, que serán liquidados con la misma naturaleza no remunerativa.
Asimismo, ambas partes se comprometen a iniciar en un plazo de 60 días la discusión sobre el adicional por antigüedad, para lo cual pactan una reunión para el día 27 de agosto.
Las partes se comprometen a presentar en el plazo de 5 días hábiles las escalas salariales resultantes del presente Acuerdo.
En este estado el funcionario actuante procede a recibir el Acuerdo alcanzado por las partes y elevará las actuaciones, previo la constitución de la Comisión Negociadora, a efectos de analizar la viabilidad de la homologación.
Sin más, se da por finalizada la audiencia firmando ante mí, que certifico.
UTPBA | Expediente 1.339.305/09 | 27/6/2012 |
Categoría | Abril 2012 | Mayo/junio/julio/agosto | Setiembre/octubre/noviembre/diciembre |
Aspirante | 2.691 | 2.879 + 250 NR | 3.068 + 250 NR |
Reportero | 3.042 | 3.255 + 250 NR | 3.468 + 250 NR |
Cronista | 3.449 | 3.690 + 250 NR | 3.932 + 250 NR |
Redactor | 3.867 | 4.138 + 250 NR | 4.409 + 250 NR |
Jefe | 4.360 | 4.665 + 250 NR | 4.970 + 250 NR |