Art. 1 - Declárase homologado el Acta Acuerdo suscripta entre el Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor de la República Argentina y la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina (ACARA) obrante a foja 3 del expediente 1.438.239/11 y ratificado por medio de las Actas obrantes a foja 4 y a foja 34, conforme lo dispuesto en la ley 14250 de negociación colectiva (t.o. 2004).
Art. 2 - Regístrese la presente disposición en el Departamento de Despacho dependiente de la Subsecretaría de Coordinación. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre el Acta Acuerdo obrante a foja 3 del expediente 1.517.064/12 y ratificado a foja 4 y a foja 34 mediante las Actas que integran el mismo.
Art. 3 - Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
Art. 4 - Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, gírense a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, previsto por el artículo 245 de la ley 20744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el convenio colectivo de trabajo 596/2010.
Art. 5 - Hágase saber que en el supuesto que este Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad social no efectúe la publicación de carácter gratuita del Acta Acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 5 de la ley 14250 (t.o. 2004).
Art. 6 - De forma.
REGISTRACIÓN
Expediente 1.517.064/12
Buenos Aires, 7 de agosto de 2012
De conformidad con lo ordenado en la disposición (DNRT) 249/2012 se ha tomado razón del Acuerdo obrante a foja 3 del expediente principal y las actas de ratificación obrantes a fojas 4 y 34 del expediente de referencia, quedando registrados bajo el número 924/2012.
ACUERDO SALARIAL
ESTABLECE NUEVAS CONDICIONES SALARIALES
Expediente 1.517.064/12
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 13 días del mes de julio de 2012, siendo las 14:55 horas, comparece espontáneamente en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social - Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la Secretaria de Conciliación del Departamento Relaciones Laborales 2, Lic. Natalia Villalba Lastra; en representación del Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor (SMATA), con domicilio en Avenida Belgrano 665, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el señor Gustavo Morán (DNI: 12.349.768), en calidad de Secretario Gremial.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, previa vista de todo lo actuado, y cedida la palabra al representante sindical, manifiesta que: acompaña y ratifican íntegramente la escala salarial vigente a partir del 1 de julio 2012, correspondiente al Acta Acuerdo obrante a fojas 40/42 del expediente 1.438.239/11, homologado por resolución (ST) 537/2011. El Acuerdo alcanzado se realizó en el marco del CCT 596/2010 y alcanza aproximadamente a 20.000 trabajadores.
Oído lo manifestado precedentemente, la funcionaria actuante comunica que el Acuerdo ratificado anteriormente, del cual solicita su homologación, será elevado a la Superioridad, quedando sujeto al control de legalidad previsto en la ley 14250. En este estado y no siendo para más, a las 15 horas, se da por finalizado el acto firmando el compareciente al pie de la presente, previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación, ante mí, que certifico.
ACUERDO COMPLEMENTARIO
Expediente 1.517.064/12
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 24 días del mes de julio de 2012, siendo las 15:50 horas, comparece espontáneamente en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social - Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la Secretaria de Conciliación del Departamento Relaciones Laborales 2, Lic. Natalia Villalba Lastra en representación de la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina, con domicilio constituido en Lima 265, piso 3, CABA, el señor Eduardo Martín Goñi (DNI 20.729.197), en calidad de apoderado, condición que acredita mediante copia simple de poder que firma ante mí, juramentando su validez.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, cedida la palabra al compareciente, manifiesta que: ratifican íntegramente la escala salarial vigente a partir del 1 de julio 2012, correspondiente al Acta Acuerdo obrante a fojas 40/42 del expediente 1.438.239/11, homologado por resolución (ST) 537/2011. El Acuerdo alcanzado se realizó CCT 596/2010 y alcanza aproximadamente a 20.000 trabajadores.
Acto seguido, la funcionaria actuante le comunica que el Acuerdo ratificado anteriormente, del cual solicitan su homologación; será elevado a la Superioridad, quedando sujeto al control de legalidad previsto en la ley 14250. En este estado y no siendo para más, a las 16 horas, se da por finalizado el acto firmando el compareciente al pie de la presente, previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación, ante mí, que certifico.
VIGENCIA 1 DE JULIO AL 30 DE SETIEMBRE 2012 PARA HOMOLOGAR EN EL MTSS
1 de julio al 30 de setiembre de 2012 | |
Personal de Taller | |
Especialista Múltiple Superior en Servicios (1) | 5.777,92 |
Especialista Superior en Servicios | 5.114,07 |
Especialista en Servicios | 4.669,04 |
Experto en Servicios | 4.402,95 |
Ayudante de Servicios | 3.472,63 |
Personal Administrativo | |
Administrativo Múltiple Especializado (1) | 5.777,92 |
Administrativo Especializado | 5.157,85 |
Administrativo Calificado | 4.607,03 |
Administrativo Auxiliar | 4.282,39 |
Administrativo Inicial | 3.472,63 |
Maestranza | |
A | 3.250,11 |
Lavador | 4.079,66 |
Vendedores | 3.611,21 |
Vend. Planes de Ahorro/Itinerante de Repuesto | 2.889,00 |