Art. 1 - Modifícase el artículo
4 de la resolución general (API) 4/2005 el cual quedará redactado de la
siguiente manera:
“Art. 4 - Las cancelaciones de obligaciones tributarias
mediante el pago en dinero electrónico, se efectuarán dando cumplimiento a los
requisitos previstos en el Anexo II que forma parte de la presente
resolución”.
Art. 2 - Sustitúyese el Anexo
II de la resolución general (API) 4/2005 modificado por la resolución
general (API) 8/2008 sobre cancelación de obligaciones tributarias mediante
la utilización del pago electrónico por el que se adjunta y forma parte de la
presente.
Art. 3 - Déjese sin efecto la resolución
general (API) 8/2008 que será reemplazada por la presente.
Art. 4 - De forma.
TEXTO S/RG (API Santa Fe)
13/2012 - BO (Santa Fe): -
FUENTE: RG (API Santa Fe)
13/2012
CANCELACIÓN DE OBLIGACIONES
TRIBUTARIAS
UTILIZACIÓN DE PAGO ELECTRÓNICO
Primero: Los contribuyentes y/o responsables podrán
cancelar sus obligaciones tributarias mediante el uso del pago electrónico
durante las veinticuatro (24) horas de todos los días del año.
Segundo: Las obligaciones tributarias que los
contribuyentes y/o responsables podrán cancelar por este medio
son:
- Impuesto inmobiliario (rural y urbano) emisión anual
del año corriente.
- Patente única sobre vehículos, emisión anual del año
corriente.
- Convenios de pago.
Tercero: El ingreso del importe de las obligaciones
tributarias se considerará efectuado en término, cuando la operación practicada
mediante la transferencia electrónica de fondos haya sido realizada hasta las
veinticuatro (24) horas del día en que opere su respectivo
vencimiento.
Producido el vencimiento original, la Administración
Provincial de Impuestos, podrá habilitar una nueva fecha de pago con los
intereses resarcitorios calculados hasta esa fecha.
Cuarto: Para realizar el pago, los contribuyentes y/o
responsables tendrán que conectarse al sitio de “Internet” del prestador de la
red y poseer una cuenta bancaria en pesos, desde la que se autorizará, por
débito en cuenta, el pago correspondiente a las obligaciones
tributarias.
- Red Link:
- www.redlink.com.ar o a través del sitio en Internet de
la entidad bancaria que tenga esta red. En el caso del Nuevo Banco de Santa Fe
www.bancobsf.com.ar.
Para poder utilizar por primera vez el sistema Home
Banking, el contribuyente y/o responsable deberá obtener en el cajero automático
en la Red Link la clave de acceso correspondiente, que se menciona en el inciso
3), punto g), del presente punto.
Los sujetos usuarios del pago electrónico, en oportunidad
de su utilización para el ingreso de las obligaciones tributarias, deberán
acceder desde su PC u otra habilitada para navegar en Internet y observar las
indicaciones de las sucesivas pantallas:
1. Ingreso, vía Internet, a la página del prestador de la
red o entidad bancaria habilitada.
2. Seleccionar la opción “Pagos” y luego
“Pagar”.
3. Siguiendo las instrucciones de pantalla se
ingresarán:
a) Código del rubro a pagar:
- Impuestos provinciales.
- Patente e infracciones.
b) Selección del impuesto:
- Santa Fe API - Inmobiliario rural.
- Santa Fe API - Inmobiliario urbano.
- Santa Fe API - Convenios de pago.
- Santa Fe API - Patente.
c) Código de pagos Link.
d) Confirmación de los datos
ingresados.
e) Selección del banco con el cual operará el
débito.
f) Selección de la cuenta con que realizará el
pago.
g) Confirmación de pago e ingreso de la clave de
acceso.
h) Selección de la cuenta a debitar.
4. Al confirmar la operación se cerrará la transacción y
se mostrará un ticket.
5. Imprimir el ticket que será válido como comprobante de
pago.
- Red Banelco:
- www.pagomiscuentas.com o a través del sitio en Internet
de la entidad bancaria que tenga esta red.
Para poder utilizar por primera vez el sistema Home
Banking, el contribuyente y/o responsable deberá contar con la clave de acceso
correspondiente, que se menciona en el inciso 3), punto g), del presente punto.
A tal efecto, el contribuyente podrá informarse ingresando en www.banelco.com -
Acceso directo - Pago Mis Cuentas - ¿Cómo obtengo la clave?
Los sujetos usuarios del pago electrónico, en oportunidad
de su utilización para el ingreso de las obligaciones tributarias, deberán
acceder desde su PC u otra habilitada para navegar en Internet y observar las
indicaciones de las sucesivas pantallas:
1. Ingreso, vía Internet, a la página del prestador de la
red o entidad bancaria habilitada.
2. Seleccionar la opción “Pagos” y luego
“Pagar”.
3. Siguiendo las instrucciones de pantalla se
ingresarán:
a) Código del rubro a pagar:
- Impuestos provinciales.
b) Selección del impuesto:
- API - Inmobiliario rural.
- API - Inmobiliario urbano.
- API - Patente.
c) Código de Pago Mis Cuentas.
d) Confirmación de los datos
ingresados.
e) Selección del banco con el cual operará el
débito.
f) Selección de la cuenta con que realizará el
pago.
g) Confirmación de pago e ingreso de la clave de
acceso.
h) Selección de la cuenta a debitar.
- Servicio Santa Fe Móvil.
Si se desea utilizar la opción de pagos suministrada por
el Nuevo Banco de Santa Fe SA a través de telefonía celular mediante el Servicio
“Santa Fe Móvil” del Nuevo Banco de Santa Fe SA, el contribuyente y/o
responsable deberá previamente generar su clave de Home Banking según las
indicaciones ya expresadas o a través de cajero automático.
1) Adhesión a través de Home Banking:
a) Ingresar a “Santa Fe Home”, luego “Pedidos al Banco” y
luego “Aplicativo Link Celular”.
b) Ingresar número de celular, al aceptar la operación el
sistema responderá si la misma fue exitosa o no.
c) Si el resultado fue exitoso el usuario recibirá un
mensaje de texto que indicará el sitio al cual acceder desde el
celular.
d) Ingresando a dicho sitio se podrá comenzar a operar
con Santa Fe Móvil.
2) Adhesión a través de cajeros automáticos
Link:
a) Ingresar a “Consultas y Solicitudes”, luego a
“Solicitudes al Banco” y luego “Aplicativo Link Celular”.
b) Ingresar número de celular, al aceptar la operación el
cajero emitirá un ticket con los datos de la solicitud. La misma indicará si la
operación fue exitosa o no.
c) Si el resultado fue exitoso el usuario recibirá un
mensaje de texto que indicará el sitio al cual acceder desde el
celular.
d) Ingresando a dicho sitio se podrá comenzar a operar
con Santa Fe Móvil.
Los sujetos usuarios de telefonía celular, en oportunidad
de su utilización para el ingreso de las obligaciones tributarias, deberán
observar las indicaciones de las sucesivas pantallas:
1) Para ingresar al Menú de Servicios, ingresar al sitio
de la forma precitada.
2) Seleccionar “Link Pagos” y luego
“Pagar”.
3) Si se utiliza el sistema por primera vez el sistema
informará:
“No se registran servicios con el código ingresado.
¿Desea ingresar otro impuesto o servicio?”.
Ingresar la opción “Seguir”.
4) Seleccionar el impuesto que se desea
pagar.
5) Ingresar el código de pago electrónico/código de Link
Pagos que aparece en la boleta de pago.
6) El sistema mostrará el detalle de la totalidad de la
deuda del contribuyente permitiendo la selección del importe que se desee
abonar.
7) Seleccionar la cuenta de la que se debitará el
pago.
8) Confirmar la operación.
9) Si se operó con Link Pagos con anterioridad, el
sistema mostrará las deudas pendientes, permitiendo seleccionar “Nuevo
Imp./Serv.”.
10) Podrá realizarse otra operación o salir del servicio
seleccionando “Menú”.
11) A fin de obtener el ticket válido como comprobante de
pago, ingresar al sitio de Internet del servicio o de la entidad bancaria, de
igual forma que para pago electrónico.
Quinto: Como constancia de los pagos efectuados, se
emitirá un ticket que contendrá, como mínimo, los siguientes
datos:
1) Comprobante de pago por “Internet” o “Telefonía
Celular”.
2) Banco, su número.
3) Sucursal, su número.
4) Fecha de emisión.
5) Hora de emisión.
6) Número de operación.
7) Número de control.
8) Identificación del pago.
9) Importe abonado.