Se establece que la solicitud de Clave de Identificación (CDI) por parte de las
representaciones diplomáticas y otras entidades se realizará mediante el
formulario de declaración jurada 420/J, generado por el programa aplicativo
denominado “Módulo Inscripción de Personas Jurídicas - F.420/J - Versión 2.0”.
Dicho formulario será remitido por Internet por el representante legal o la
persona debidamente autorizada, a través del sitio de la AFIP, ingresando al
servicio “Presentación de DDJJ y Pagos”. El sistema validará los datos
ingresados en el aplicativo o arrojará una observación por inconsistencias
detectadas. A tal efecto, el solicitante deberá subsanar las mismas e ingresar
una nueva solicitud.
Una vez validada la presentación se deberá imprimir la
constancia de “aceptación de trámite” y luego se deberá concurrir a la
dependencia -correspondiente al domicilio de la sociedad o de su representante-
con toda la documentación presentada por Internet.
Por su parte, se establece
que las sociedades, asociaciones y demás personas jurídicas que no se encuentran
sujetas a fiscalización estatal permanente deberán tramitar las solicitudes de
inscripción y alta exclusivamente en el programa aplicativo denominado “Módulo
Inscripción de Personas Jurídicas - F. 420/J - Versión 2.0”. El formulario
generado será remitido a la AFIP electrónicamente.