¿Cuáles son los empleados en relación de dependencia que pueden presentar la declaración jurada de ingresos, gastos, deducciones admitidas y retenciones sufridas, entre otros, a través del servicio "Régimen Simplificado Ganancias Personas Físicas" disponible en la web de la Administración Federal de Ingresos Públicos?
La resolución general (AFIP) 2455 establece que pueden ejercer la opción de confeccionar la citada declaración jurada mediante el servicio informático denominado "Régimen Simplificado Ganancias Personas Físicas", cuando obtengan lo siguiente:a) Exclusivamente ganancias comprendidas en los regímenes de retención de las resoluciones generales (AFIP) 2437 y 2442,
b) Ganancias comprendidas en los regímenes de retención de las resoluciones generales (AFIP) 2437 y 2442, y otras rentas por las cuales el beneficiario haya adherido al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, o resulten exentas, no alcanzadas o no computables en el impuesto a las ganancias.
Dicha opción no procederá cuando se trate de sujetos que sean titulares de bienes y/o deudas en el exterior.