¿Es
necesario consignar en el recibo de sueldo a qué obra social pertenece el
trabajador?
Sí. Conforme al artículo 4 de la
resolución (DGI) 4072, los empleadores deben dejar constancia expresa de la obra
social por la cual hubieren optado los trabajadores en los recibos de haberes de
cada trabajador.