La prestación dineraria por Incapacidad Laboral Temporaria (ILT), ¿devenga sueldo anual complementario?
De acuerdo con lo establecido por el artículo 2 de la resolución (MTESS) 983/2010 (BO: 7/10/2010), la prestación dineraria por ILT deberá incluir la parte proporcional del SAC en su base de cálculo, por lo que deberá adicionarse al importe de dicha prestación, el 8,33% en concepto de SAC.