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En los portales de internet, ¿también debe exhibirse el Formulario 960/NM - Data Fiscal?

Sí. Aquellos contribuyentes y/o responsables que realicen operaciones de venta de cosas muebles, locaciones y prestaciones de obras y/o servicios por cuenta propia y/o de terceros a consumidores finales deberán colocar en un lugar visible de su página web el logo "Formulario 960/NM" - "Data Fiscal", con su correspondiente hipervínculo que la Administración Federal de Ingresos Públicos proveerá a tal efecto.
El procedimiento a cumplir y las especificaciones técnicas correspondientes estarán disponibles en el micrositio (http://www.afip.gob.ar/f960NM).
 

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