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SITUACIÓN DE LOS TRABAJADORES QUE GOZAN DEL BENEFICIO DE PENSIÓN POR FALLECIMIENTO


¿Cómo debe proceder el empleador que contrata a un trabajador que goza del beneficio de pensión por fallecimiento de su cónyuge?
En caso de que el empleador ingresara en su nómina personal que se encuentra gozando de una pensión por fallecimiento de su cónyuge, deberá informarlo en Mi Simplificación II y en el SICOSS, como un trabajador dependiente activo más. Ello es así porque quien es beneficiario de una pensión por fallecimiento, accede a ella por una contingencia (el fallecimiento del cónyuge) y no en forma directa. Por consiguiente, los aportes y contribuciones a ingresar por dicho trabajador son los mismos que resultan obligatorios para cualquier trabajador activo. No es necesario en estos casos efectuar tampoco comunicación alguna a la ANSeS respecto del alta del trabajador pensionado. Eventualmente, dicho trabajador, cuando reúna los requisitos correspondientes, podrá acceder al beneficio previsional de jubilación, pasando recién a partir de dicha fecha a integrar la clase pasiva.

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