Un
trabajador que inició su relación laboral trabajando a tiempo parcial y al cabo
de diez años comienza a trabajar a jornada completa, a los efectos de calcular
la retribución vacacional, ¿qué tipo de jornada se debe considerar?
Se debe considerar una antigüedad de diez años sin
importar la extensión de la jornada que se haya desarrollado durante dicho
lapso. Como en la actualidad se desempeña a tiempo completo, gozará de las
vacaciones con la extensión señalada y se computará la remuneración que perciba
al momento de su otorgamiento.