Cuando un trabajador estuvo con licencia por enfermedad, ¿corresponde pagarle el sueldo anual complementario?
Sí, corresponde abonarle el sueldo anual complementario, por que la licencia por enfermedad se considera tiempo trabajado, ya que el trabajador percibió remuneración, de acuerdo a lo establecido en el artículo 208 de la ley de contrato de trabajo.