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EMPLEADOS DE COMERCIO. CCT 130/1975. ASIGNACIÓN NO REMUNERATIVA. PASAJE AL SALARIO DEL TRABAJADOR Y PAGO DEL SEGUNDO TRAMO DEL INCREMENTO A PARTIR DE NOVIEMBRE DE 2012

A partir del mes devengado noviembre de 2012, corresponderá abonar el segundo tramo del incremento no remunerativo equivalente al 9% a calcularse sobre las escalas salariales de abril de 2012, convenido mediante el Acuerdo celebrado en el marco del convenio colectivo de trabajo 130/1975, homologado por la resolución (ST) 829/2012.
Recordamos que, mediante el citado Acuerdo, se convino un incremento salarial de carácter no remunerativo del 24% sobre las escalas salariales vigentes a abril de 2012, a abonarse en forma escalonada a partir de los meses de abril (15%) y de noviembre de 2012 (9%).

SICORE VERSIÓN 8.0 RELEASE 9

La Administración Federal de Ingresos Públicos pone a disposición el programa aplicativo SICORE Versión 8.0 Release 9.
Se incorporan los siguientes códigos de regímenes de percepción -dispuestos por las RG (AFIP) 3378 y 3379-

Dependencias de la AFIP. Horario de atención al público a partir del 1/10/2012

Se establece que el horario de atención al público en las dependencias de la Administración Federal de Ingresos Públicos a partir del 1/10/2012 será de 9 a 17 horas.
Consecuentemente, dicho horario resulta aplicable para todo el año en forma uniforme.

CABA. RÉGIMEN SIMPLIFICADO. RECATEGORIZACIÓN SEMESTRAL

Del 20 al 26 de setiembre de 2012 -según la terminación de la CUIT- vence el plazo para que los contribuyentes comprendidos en el Régimen Simplificado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ingresen la cuarta cuota del período fiscal 2012 junto con la recategorización semestral.
Recordamos que aún no ha sido adecuado el artículo 24 de la resolución (DGR Bs. As. Cdad.) 4969/2004 [BO (CABA): 30/12/2004] a la modificación efectuada en el Código Fiscal por la ley (Bs. As. cdad.) 4039 [BO (CABA): 3/1/2012] y que el mencionado plazo de recategorización surge de la página web de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.

Recursos de la Seguridad Social. Feria Fiscal de verano. Extensión del período a todo el mes de enero de cada año

Se extiende a todo el mes de enero de cada año el período en el cual no se computarán días hábiles administrativos respecto de los plazos procedimentales en el ámbito de la Administración Federal de Ingresos Públicos.

Impuesto al Valor Agregado Versión 5.2 Release 14

La Administración Federal de Ingresos Públicos pone a disposición el programa aplicativo IVA Versión 5.2 Release 14.

Buenos Aires. Ingresos brutos. Sellos. Inmobiliario. Automotores. Régimen de regularización de deudas vencidas o devengadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2011. Extensión

Se extiende, hasta el 31/12/2012, el régimen de regularización de deudas del impuesto sobre los ingresos brutos, de sellos, inmobiliario y automotores, vencidas o devengadas entre el 1/1/2011 y el 31/11/2011, dispuesto por la resolución normativa (ARBA Bs. As.) 15/2012.
Asimismo, también se extiende, hasta el 31/12/2012, la posibilidad de incluir en el citado régimen de regularización las deudas de los agentes de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos y de sellos, relativas a retenciones y/o percepciones no efectuadas, devengadas entre el 1/1/2011 y el 31/12/2011, más los correspondientes intereses, recargos y sanciones, aun cuando se encuentren en proceso de determinación o discusión administrativa o judicial, excepto en proceso de ejecución judicial.

JUBILACIONES Y PENSIONES. INCREMENTO A PARTIR DE SETIEMBRE DE 2012

El Poder Ejecutivo Nacional anunció un aumento para los jubilados y pensionados del 11,42% a partir del 1 de setiembre, por lo que el haber mínimo pasará de $ 1.687,01 a $ 1.879,67, y para quienes reciben los $ 45 de subsidio del PAMI, será de $ 1.924,67.
Además del haber mínimo, suben en el mismo porcentaje la Prestación Básica Universal (PBU), las Pensiones de Veteranos de la Guerra de Malvinas, las cuotas mensuales de aportes de las distintas categorías de autónomos, el haber máximo y el tope salarial sobre el que se realizan los aportes personales a la Seguridad Social. 

Convenios para evitar la doble imposición

Chile. Extinción de convenio
La República Argentina, a través de la Cancillería, ha denunciado el convenio para evitar la doble imposición internacional con Chile, por lo que dejará de tener vigencia desde el 1/1/2013.
Existen versiones sobre la elaboración de un nuevo convenio que sería propuesto por la Argentina, que en lugar de fijar exenciones como hasta ahora, propondría que los impuestos pagados en un país resulten crédito fiscal para cumplir con las obligaciones tributarias en su contraparte.

Comisión Federal de Impuestos. Receso administrativo entre el 16/7/2012 y el 27/7/2012

La Comisión Federal de Impuestos dispone receso administrativo, entre el 16/7/2012 y el 27/7/2012 inclusive. A tal efecto se declaran inhábiles los días mencionados para el cómputo de todos los términos procesales en las actuaciones en trámite.

CONVENIO MULTILATERAL. INGRESOS BRUTOS. PRESENTACIÓN DECLARACIÓN JURADA ANUAL

El 29 de junio de 2012 vence el plazo para efectuar la presentación de la declaración jurada anual -CM05- correspondiente al impuesto sobre los ingresos brutos, para sujetos que tributan bajo el régimen de Convenio Multilateral. 

AUTÓNOMOS. RECATEGORIZACIÓN ANUAL DURANTE EL MES DE JUNIO

Recuerde que, conforme a lo establecido en el artículo 24 de la resolución general (AFIP) 2217, los trabajadores autónomos deberán recategorizarse anualmente para determinar la categoría por la que deben efectuar sus aportes. Dicha recategorización se efectuará durante el mes de junio de cada año. 

GANANCIAS. CIERRE DE EJERCICIO OPERADO EL 31/12/2011. PRESENTACIÓN DEL INFORME PARA FINES FISCALES F. 760/C O F. 780, Y BALANCE EN PDF

Del 14 al 18 junio de 2012, según el siguiente detalle, vence el plazo para efectuar la presentación del informe para fines fiscales F. 760/C o F. 780, conjuntamente con la obligación -dispuesta por la RG (AFIP) 3077- de presentar la memoria, los estados contables y el informe de auditoría en formato PDF para las sociedades cuyo cierre de ejercicio comercial se produjo el 31 de diciembre 2011.


TERMINACIÓN CUIT
FECHA DE VENCIMIENTO
0 - 1
14/6/2012
2 - 3
15/6/2012
4 - 5
18/6/2012
6 - 7
19/6/2012
8 - 9
21/6/2012

El Banco Ciudad deja sin efecto el uso del disquete para el cobro del impuesto sobre los ingresos brutos -Convenio Multilateral

El Banco Ciudad informa que a partir del día de hoy dejará de utilizar la modalidad de pago del impuesto sobre los ingresos brutos -Convenio Multilateral- que exige la presentación de un disquete para su percepción. Asimismo continuará percibiendo el impuesto bajo las modalidades de pago electrónico vía VEP y el pago sin diskette por medio del formulario 5859 generado por el programa aplicativo. 

CONVENIO MULTILATERAL RÉGIMEN GENERAL. APLICACIÓN DE LOS NUEVOS COEFICIENTES Y VENCIMIENTO DE LA DECLARACIÓN JURADA ANUAL -CM05-

A partir del cuarto anticipo de Convenio Multilateral, cuyo vencimiento opera en el mes de mayo de 2012 -según el detalle que se adjunta-, deberán aplicarse los nuevos coeficientes unificados y realizarse los ajustes de los meses de enero, febrero y marzo de 2012. La determinación del coeficiente unificado surge de los ingresos y gastos del último balance cerrado en el año 2011 o en su caso de los ingresos y gastos determinados en dicho año para el caso de quienes no confeccionen balance comercial –arts. 69 y 70, RG (CA) 2/2010– BO: 23/4/2010.

La AFIP habilitó el micrositio para la Declaración Jurada de No remunerativos - DJNR

La AFIP habilito el micrositio para cumplir con el Régimen de Información de Conceptos no Remunerativos” - DJNR RG 3279/12 AFIP. El acceso es a través de la web de AFIP mediante clave fiscal. La norma entrará en vigencia a partir del 01/04/2012, inclusive, y será de aplicación respecto de las remuneraciones que se paguen a partir de dicha fecha.

Procedimiento. Poder Judicial. Tribunales nacionales. Feria judicial de invierno 2012

Se dispone el feriado judicial para los tribunales nacionales de la Capital Federal, desde el 16 de julio hasta el 27 de julio de 2012, ambas fechas inclusive.

Entra en vigencia Declaración Jurada de conceptos no remunerativos. DJNR

Esta es la leyenda que aparece en Su declaración online: "Si usted es empleador recuerde que el 1 de Abril de 2012 entra en vigencia la RG 3279/2012, cuya declaración jurada deberá ser presentada entre el 1 de Abril y el día anterior al vencimiento de la declaración jurada de SICOSS correspondiente al período fiscal 03/2012"
El servicio "Declaración Jurada informativa conceptos no remunerativos (DJNR) RG 3279" se encontrará disponible a partir del 1° de Abril de 2012."  

Trabajadores Autónomos. Vencimiento Período Febrero 2012

Se recuerda que los vencimientos para el pago de Aportes y Contribuciones de la Seguridad Social para Trabajadores Autónomos, correspondientes al período Febrero de 2012 operan en las fechas que, para cada terminación de CUIT, se detallan seguidamente:

Sicore. Adelanto del vencimiento

Le informamos que el vencimiento de las retenciones practicadas en la 1ra.quincena de Febrero de 2012, opera en las siguientes fechas de acuerdo a la terminación de CUIT:

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