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Monotributo. Nuevas disposiciones. Aquellos sujetos que hayan quedado excluidos por su nivel de facturación, ¿podrán reingresar al nuevo régimen?

El artículo 4 de la nueva ley de monotributo establece que los contribuyentes que hubieran renunciado o quedado excluidos del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) con anterioridad a la vigencia de la nueva ley -sin que hubieran transcurrido 3 años desde que ocurrió tal circunstancia-, podrán ingresar en tanto reúnan los requisitos y condiciones previstas en el Anexo del nuevo régimen simplificado.
La opción podrá ejercerse únicamente hasta la finalización del cuatrimestre calendario completo siguiente a la fecha de publicación de la ley en el boletín oficial.

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