Fecha de Norma: 30/03/2011
Boletín Oficial: 02/06/2011
Organismo: Min. Agricultura, Ganadería y Pesca - Min. Economía y Finanzas Públicas
Jurisdicción: Nacional
VISTO: El expediente S01:0098403/2011 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y CONSIDERANDO: Que por la resolución 1213 de fecha 19 de abril de 2010 de la ex OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se reglamentó el régimen de compensación para los pequeños y medianos productores de trigo cuya producción no hubiera superado las OCHOCIENTAS TONELADAS (800 t.) anuales en el ciclo cosecha 2009/2010, creado por la resolución conjunta 57 y 106 de fecha 1 de marzo de 2010 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, respectivamente. Que por la resolución 6155 de fecha 27 de diciembre de 2010 de la citada ex Oficina Nacional se estableció la documentación a acompañar para efectuar la segunda presentación para acceder al precitado régimen compensatorio, prorrogándose el plazo previsto para efectuar dicha presentación. Que las Direcciones Generales de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS han tomado la intervención que les compete. Que la presente resolución se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el decreto 193 de fecha 24 de febrero de 2011. Por ello, EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS RESUELVEN: Art. 1 - Amplíase hasta el día 30 de noviembre de 2011 el plazo previsto por el artículo 4 de la resolución 6155 de fecha 27 de diciembre de 2010 de la ex OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, para que los productores de trigo efectúen la segunda presentación para acceder al régimen compensatorio creado por la resolución conjunta 57 y 106 de fecha 1 de marzo de 2010 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, respectivamente. Art. 2 - La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial. Art. 3 - De forma. |