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Convenio Multilateral

¿Cuándo vence y cómo se presenta la declaración jurada anual CM05?

La resolución general (CA) 9/2008 fija como fecha de vencimiento de la declaración jurada anual del convenio multilateral para el periodo 2008, el día 30 de junio 2009.
El CM05 que se confecciona a través del programa SI.FE.RE debe ser presentado según la resolución general (CA) 9/2005 de la siguiente forma:
-Contribuyentes incluidos en el Sistema SICOM, SICOM REMOTO y los sujetos obligados por AFIP a presentar por Internet: deben efectuar la presentación de la declaración jurada por vía electrónica (Internet) transmitiendo el archivo por el portal de www.afip.gov.ar
-Demás contribuyentes pueden optar por: efectuar la presentación declaración jurada a través del soporte magnético disquete de 3 1/2" HD y dos copias en papel del formulario de declaración jurada respectiva en Banco designado por la jurisdicción sede; o efectuar la presentación por vía electrónica (internet), transmitiendo el archivo a través del portal www.afip.gov.ar.
Además, los contribuyentes organizados jurídicamente como sociedades regulares conforme a la ley de sociedades comerciales, con jurisdicción sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán presentar ante la Dirección General de Rentas, en los Centros de Gestión y Participación Comunal, en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en el Consejo de Graduados en Ciencias Económicas, una copia del formulario Declaración Jurada Anual CM05 con la confirmación de la transferencia electrónica de la misma o la recepción del Banco, acompañada de la certificación contable suscripta por el profesional interviniente, cuya firma deberá estar debidamente legalizada por el Consejo Profesional antes mencionado -R. (DGR Cdad Buenos Aires) 2216/2006.-

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