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Empleados de comercio, CCT 130/1975. Nuevo acuerdo salarial (abril 2009). INACAP. Contribución patronal obligatoria. Incremento

Con motivo del nuevo acuerdo salarial celebrado el 30 de abril de 2009, en el marco del CCT 130/1975 de Empleados de Comercio, homologado por la resolución (ST) 570/1975, se incrementa a partir del devengado abril 2009 la contribución patronal obligatoria al INACAP.
Forma de cálculo de la nueva contribución patronal obligatoria al INACAP:

Maestranza A inicial
% aporte INACAP
Cuota INACAP
Salario - Base de Cálculo
Maestranza A inicial
(remunerativo vigente)
$ 1.293,65
0,5 %
$ 6,47
No Remunerativo
Acuerdo Abril 2008
$ 358,73
0,5 %
$ 1,79
No remunerativo
Acuerdo Abril 2009
$ 300
0,5 %
$ 1,50
Cuota INACAP por empleado
$ 9,76

El importe resultante de multiplicar la suma de $ 9,76 por cada empleado alcanzado por el CCT 130/1975 se deberá ingresar hasta el día 15 del mes siguiente en los siguientes lugares de pago: Banco de la Nación Argentina, Banco de la Provincia de Buenos Aires, Pago Fácil (todos ellos en efectivo o en cheque) y red Bapropagos (solo efectivo).
MESA DE AYUDA Y CONSULTA AL INCAP:
0810-122- 4622 / 5291-8800 (líneas rotativas)

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