Escuchá RADIOS ONLINE

Escuchá RADIOS ONLINE
Escuchá RADIOS ONLINE
Búsqueda personalizada

ADELANTOS DE HABERES. LÍMITES E INSTRUMENTACIÓN

¿Hasta qué porcentaje del sueldo se le puede adelantar a un trabajador y cómo debe instrumentarse?

Los empleadores podrán adelantar hasta un 50% de la remuneración del trabajador y a no más de un mes de plazo y su instrumentación deberá ser a través de recibos en doble ejemplar firmados, debiendo contener como mínimo el nombre del empleador y su CUIT, el del trabajador y su CUIL, importe neto percibido en numero y letras, constancia de recepción del duplicado por el trabajador y el lugar y la fecha de pago real y efectivo del adelanto.

Comentá