¿Para quién es obligatorio el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico?
Es de aplicación obligatoria -en todo el territorio nacional- únicamente para el personal de servicio doméstico que trabaje para un mismo dador de trabajo, como mínimo 6 horas semanales, independientemente que se encuentre encuadrado como empleado en relación de dependencia o como trabajador autónomo.