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La prestación dineraria por ILT, ¿devenga sueldo anual complementario?
De acuerdo con lo establecido por el artículo 2 de la resolución (MTESS) 983/2010, la prestación dineraria por ILT deberá incluir la parte proporcional del SAC en su base de cálculo, por lo que deberá adicionarse al importe de dicha prestación, el 8,33% en concepto de SAC.