Si ya se poseen las divisas o si se adquirió el paquete turístico con anterioridad a la vigencia de la resolución general (AFIP) 3333, ¿es obligatorio cumplir con el régimen de información?
La resolución general (AFIP) 3333 establece que deben realizar la declaración jurada aquellos sujetos residentes en el país que deseen adquirir moneda extranjera para atender gastos en concepto de viajes al exterior. Si el sujeto cuenta con la moneda extranjera o si ya tiene contratado el viaje con anterioridad a la vigencia de la citada normativa, no deberá cumplir con este régimen de información.