Escuchá RADIOS ONLINE

Escuchá RADIOS ONLINE
Escuchá RADIOS ONLINE
Búsqueda personalizada

SMATA. ACA, CCT 454/2006. Asignación no remunerativa. Homologación

Se declara homologado el Acuerdo celebrado en el marco del convenio colectivo de trabajo 454/2006.
Mediante el citado Acuerdo, se conviene el pago de una compensación especial no remunerativa, y por única vez, que se abonará en seis cuotas mensuales y consecutivas de $ 500 cada una, que se harán efectivas en las fechas 20/1/2012, 20/2/2012, 20/3/2012, 20/4/2012, 20/5/2012 y 20/6/2012, respectivamente.
Asimismo, se establece extender los beneficios de la suma no remunerativa homologada el 2/2/2011 por disposición (DNRT) 153/2011, de $ 150, desde enero de 2012 hasta el mes de junio de 2012.

Art. 1 - Declárase homologado el Acuerdo obrante a fojas 22 del expediente 1.487.703/11, celebrado entre el Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor de la República Argentina y la Cámara de Concesionarios de Servicios del Automóvil Club Argentino, conforme lo dispuesto en la ley 14250 de negociación colectiva (t.o. 2004).
Art. 2 - Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la Subsecretaría de Coordinación. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 22 del expediente 1.487.703/11.
Art. 3 - Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
Art. 4 - Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el convenio colectivo de trabajo 454/2006.
Art. 5 - Hágase saber que en el supuesto que el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social no efectúe la publicación gratuita del Acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 5 de la ley 14250 (t.o. 2004).
Art. 6 - De forma.
Expediente 1.487.703/11.
Buenos Aires, 22 de mayo de 2012.
De conformidad con lo ordenado en la resolución (ST) 683/2012 se ha tomado razón del Acuerdo obrante a fojas 22 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 535/2012.
Acta de Acuerdo paritario
Entre la Cámara de Concesionarios de Servicios del Automóvil Club Argentino, con domicilio en la calle Nicolás de Vedia 2120 de la ciudad de Buenos Aires, representada en este acto por los responsables cuyos nombres, apellidos, documentos, firmas y cargos se detallan al pie de la presente por una parte y el Sindicato de Mecánicos y Afines del transporte Automotor de la República Argentina (SMATA), representado en este acto por los señores responsables cuyos nombre, apellidos, documentos, cargos y firmas que se detallan al pie, por la otra parte; de común y pleno acuerdo convienen:
1- La firmas Concesionarias de ACA representadas por la Cámara, otorgarán por única vez al personal comprendido y en todas las categorías convencionales del convenio colectivo de trabajo 454/2006 una compensación especial no remunerativa que será abonada del modo detallado en el apartado siguiente.
2- La suma convenida se abonará en seis cuotas mensuales y consecutivas de pesos quinientos ($ 500) cada uno, comprometiéndose la Cámara en hacer efectivo el primer pago a partir del 20/1/2012 y los siguientes el 20/2/2012, 20/3/2012, 20/4/2012, 20/5/2012 y 20/6/2012 respectivamente.
3- Asimismo las partes convienen extender los beneficios de la suma no remunerativa incluida en la tabla número 4 Anexa al expediente 1.424.026/10 homologado el 2/2/2011 por disposición (DNRT) 153/2011 de pesos ciento cincuenta mensuales desde enero de 2012 y hasta el mes de junio de 2012 incluido.
4- Las partes convienen expresamente que, en caso de otorgarse incrementos y/o suplementos salariales extraordinarios y/o especiales por disposiciones nacionales de cualquier tipo y naturaleza, los mismos serán absorbidos, hasta su concurrencia con las sumas convenidas en el presente Acuerdo.
5- Las partes se comprometen a analizar la forma en que las sumas netas abonadas en el período de vigencia del presente, se integren a las remuneraciones de las respectivas categorías en forma gradual, sin que signifiquen una merma en los salarios de bolsillo.
6- Las partes se comprometen a mantener la paz social y prestar mutua colaboración a los fines de resolver eventuales diferencias que pudieren suscitarse en el período de vigencia del presente Acuerdo.
En la Ciudad de Buenos Aires a 27 días del mes de diciembre de 2011 se firman cuatro ejemplares de igual tenor y efecto.
Expediente 1.487.703/11.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 6 días de febrero de 2012, siendo las 10 horas, comparece en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la Secretaria de Conciliación del Departamento Relaciones Laborales 2, licenciada Bibiana Rodríguez; en representación de la Cámara de Concesionarios de Servicios del Automóvil Club Argentino, con domicilio constituido en Nicolás De Vedia 2120, Ciudad Autónoma de Buenos Aires: el señor Pablo Alfredo Senise (DNI: 10.574.024), en calidad de apoderado, condición que acredita mediante copia simple del poder que firma juramentando su validez.
Se deja constancia que la representación del Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor (SMATA) se ha comunicado telefónicamente informando que no podían concurrir a la audiencia del día de la fecha.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, previa vista de todo lo actuado, y cedida la palabra al compareciente, manifiesta que: ratifica íntegramente el Acuerdo de partes arribado en forma directa el día 27 de diciembre de 2011 y acreditado a fojas 22 del expediente de referencia. Solicitando su homologación.
El Acuerdo alcanzado se realiza en el marco del convenio colectivo de trabajo 454/2006 y alcanza aproximadamente a 1.200 trabajadores.
Acto seguido la funcionaria actuante comunica a la representación empresaria que el Acuerdo deberá ser ratificado por la representación sindical.
No siendo para más, a las 10:50 horas, se da por finalizado el acto firmando el compareciente al pie de la presente, previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación, ante mí que certifico.
Expediente 1.487.703/11.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 14 días de febrero de 2012, siendo las 12:20 horas, comparece espontáneamente en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la Secretaria de Conciliación del Departamento Relaciones Laborales 2, licenciada Bibiana Rodríguez; en representación del Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor (SMATA), con domicilio en avenida Belgrano 665, Ciudad Autónoma de Buenos Aires: el señor Ricardo De Simone (DNI: 11.460.260), en calidad de miembro del Consejo Directivo Nacional.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, previa vista de todo lo actuado, y cedida la palabra al compareciente, manifiesta que: ratifica íntegramente el Acuerdo de fecha 27 de diciembre de 2011 y acreditado a fojas 22 del expediente de referencia. Solicita homologación. El Acuerdo se realiza en el marco del convenio colectivo de trabajo 454/2006.
En este estado, la funcionaria actuante comunica a la representación sindical que el Acuerdo, en el término de diez (10) días, deberá ser ratificado por el secretario general, adjunto y/o gremial.
No siendo para más, a las 12:30 horas, se da por finalizado el acto firmando el compareciente al pie de la presente, previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación, ante mí que certifico.
Expediente 1.487.703/11.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 14 días de marzo de 2012, siendo las 11:30 horas, comparece en forma espontánea en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la Secretaria de Conciliación del Departamento Relaciones Laborales 2, licenciada Bibiana M. Rodríguez; en representación del Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor (SMATA), con domicilio en avenida Belgrano 665, Ciudad Autónoma de Buenos Aires: el señor Ricardo Pignanelli (DNI: 10.872.297), en calidad de secretario gremial.
Declarado abierto el acto por la funcionaría actuante, previa vista de todo lo actuado, y cedida la palabra al representante sindical, manifiesta que: toma vista del estado actual de las actuaciones y ratifica, de conformidad con todo su contenido, el Acuerdo obrante a fojas 22 del expediente de referencia; solicitando la homologación del mismo.
No siendo para más a las 11:35 horas, se da por finalizado el acto firmando el compareciente al pie de la presente, previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación, ante mí que certifico.

Comentá